Texto Único Ordenado de la Ley N° 29090
La Ley N° 29090 regula los procedimientos administrativos para la obtención de licencias de habilitación urbana y edificación en todo el Perú, estableciendo las competencias de los arquitectos como delegados de Comisiones Técnicas Calificadoras y Revisores Urbanos.
Modalidades de Aprobación de Licencias
| Modalidad | Tipo de Proyecto | Procedimiento |
|---|---|---|
| Modalidad A | Vivienda unifamiliar hasta 120 m² de construcción. | Aprobación automática con firma de arquitecto colegiado. |
| Modalidad B | Viviendas unifamiliares/multifamiliares hasta 5 pisos o 3,000 m². | Aprobación con evaluación previa por revisores o Comisión Técnica. |
| Modalidad C | Edificaciones residenciales más de 5 pisos, comerciales e industriales. | Evaluación obligatoria por Comisión Técnica Calificadora CAP. |
| Modalidad D | Grandes complejos comerciales, hospitales, patrimonio histórico y usos especiales. | Evaluación rigurosa por delegados CAP, Colegios Profesionales y MINCUL. |
D.S. N° 006-2017-VIVIENDA (TUO Ley 29090)
Texto Único Ordenado completo que compila las disposiciones vigentes de la ley.
D.S. N° 029-2019-VIVIENDA (Reglamento)
Reglamento actualizado de licencias de habilitación urbana y edificación.